¿QUÉ ES EL CÓDIGO ÉTICO?
La cooperativa, en el marco de su actuación empresarial, es responsable ante los socios de consumo, las escuelas y otros clientes que consumen sus productos, de los que es referente de confianza. Asimismo, la cooperativa es responsable ante los proveedores, que deben obtener un beneficio justo, y frente a las personas socias de trabajo y trabajadoras que hacen posible el crecimiento de la cooperativa y el mantenimiento de una buena reputación. También es responsable ante la comunidad en general dado el impacto que tiene toda actividad empresarial y, en última instancia, frente a los socios y socias que deben ver cumplidas sus expectativas sociales, culturales y económicas. Por eso la cooperativa tiene la obligación de asumir los compromisos que recoge este código ético con todos y cada uno de estos colectivos.
El código ético de Abacus no sólo plasma el compromiso de la cooperativa de cumplir con toda la normativa local y nacional que le resulte de aplicación sino también los valores del cooperativismo, que inspiran su actuación en todo momento, procurando revertir el mayor beneficio posible a sus socios ya la sociedad en general, compartiendo la propiedad y repercutiendo los beneficios ampliando el impacto social.
Representa los compromisos que asume la cooperativa frente a los grupos de interés, compromisos promovidos por los órganos de gobierno y consensuados en Asamblea General, órgano que expresa la voluntad de todas las personas socias de consumo y de trabajo de la cooperativa.
¿QUIÉN DEBE CUMPLIR EL CÓDIGO?
Los valores y pautas de conducta contenidas en el código resultan de aplicación a todos los centros de trabajo de Abacus en todo el territorio español ya todas las personas socias de trabajo y trabajadoras de la cooperativa, incluyendo la más alta dirección y los directores de área, que deben conocer y aceptar su contenido, comprometiéndose a su cumplimiento y promoción.
Las pautas de conducta aplicables a los terceros con los que se relaciona la cooperativa, así como sus obligaciones de cumplimiento con la cooperativa, se encuentran recogidos en otra norma, código ético de proveedores y otros terceros críticos.
COMPROMISOS DE CUMPLIMIENTO DE ABACUS
Abacus se compromete a cumplir con toda la legislación nacional y extranjera, en su caso, que le resulte de aplicación, ya sea en relación con su forma jurídica, por el desarrollo de su actividad o en la relación que mantiene con terceros.
Defensa de los derechos de los consumidores
Abacus asegura la protección de los consumidores antes, durante y después de la adquisición de sus productos, a través de la selección de los proveedores y fabricantes de productos que ofrecen los mayores estándares de calidad y seguridad, la utilización de métodos de venta éticos, y d un servicio post venta que asegure al cliente el ejercicio de los derechos que le reconoce la legislación vigente en esta materia.
La aportación de valor a partir de la aplicación de criterios propios de selección de producto es clave en la construcción de un perfil referente de confianza.
La protección del consumidor dentro de Abacus adquiere una dimensión mayor que en otras organizaciones, ya que nuestros clientes mayoritariamente son, a su vez, socios de la cooperativa, y por tanto, los que fijan las líneas directrices a seguir y participan activamente en la toma de decisiones a través de la Asamblea General de socios.
- Derecho a la protección de su salud y seguridad. Los bienes y servicios que Abacus ofrece a los consumidores y usuarios se presentan de forma que no existan peligros por su salud y seguridad.
- Derecho a la protección de sus intereses económicos y sociales. Abacus utiliza métodos de venta que, en modo alguno, limitan su libertad de elección, empleando cláusulas contractuales claras, que contemplan todos los derechos en la forma prevista en la normativa, tales como el método y plazo de devolución de los productos.
- Derecho a la reparación de los daños y perjuicios. En Abacus, el consumidor tiene derecho a la justa reparación de los daños y perjuicios sufridos debido a la compra o utilización de productos defectuosos, mediante procedimientos rápidos, eficaces y poco costosos.
- Derecho a la información ya la educación. Quien compre productos de Abacus tiene el legítimo derecho a disponer de una información adecuada que le permita conocer las características esenciales de los bienes y servicios que se le ofrecen (naturaleza, calidad, cantidad y precios) y efectuar una elección racional entre bienes y servicios competitivos. En Abacus procuramos transformar la experiencia de consumo cultural, educativo y de ocio para que los consumidores y consumidoras puedan actuar informados y sean capaces de elegir con claridad entre los bienes que se les ofrecen, siendo conscientes además de los suyos derechos y responsabilidades.
- Derecho a la información y la educación. Abacus se compromete al cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, especialmente en lo que se refiere a las comunicaciones comerciales ya la venta online, informando al comprador sobre sus derechos y el tratamiento de sus datos de carácter personal.
Protección del medio ambiente
Abacus no sólo se compromete al cumplimiento de la normativa ambiental, que se da por supuesto, sino que va más allá, comprometiéndose a minimizar cada vez más su impacto ambiental. Por eso hace lo posible para reducir la generación de residuos y aumentar la recogida selectiva, y para reducir el consumo energético de sus instalaciones y sus emisiones.
Concretamente, la reducción del impacto ambiental se centra en:
- Gestión eficiente de residuos generados, procurando el reciclaje y la reutilización, en la medida de lo posible.
- Reducción de las emisiones de CO₂ principalmente en el transporte de nuestros productos desde el almacén hasta los puntos de venta, en el consumo de papel y otros.
- Desarrollo de iniciativas para reducir el consumo energético en nuestros establecimientos e instalaciones.
Respeto a los derechos de propiedad intelectual e industrial
Los productos que Abacus vende en sus establecimientos están protegidos por derechos de propiedad intelectual e industrial. Por tanto, se compromete a poner todos los medios a su alcance para evitar que los productos que ofrecemos a nuestros clientes vulneren alguno de estos derechos.
Concretamente, Abacus apuesta por seleccionar adecuadamente a los proveedores que ofrecen mayor seguridad y calidad en sus productos, gozan de buena reputación en el mercado y con los que mantenemos una relación de confianza recíproca.
Defensa dels drets de les persones treballadores
Las personas socias de trabajo y trabajadoras de Abacus disfrutan de unas condiciones laborales que se encuentran recogidas en el Reglamento de Régimen interno y Pacto Laboral, mejorando las condiciones y derechos que otorga el Estatuto de los Trabajadores.
La cooperativa va más allá en la protección de las personas socias de trabajo y trabajadoras, tomando medidas principalmente en los siguientes aspectos:
- Crecimiento profesional
- Formación continua
- Conciliación entre la vida laboral y familiar
- Tolerancia cero frente a la discriminación
- Lucha contra el acoso laboral
Integridad en los negocios
La integridad es uno de los valores principales de Abacus, que es una cooperativa comprometida con el servicio a socios, clientes y sociedad en general. Por tanto, no tienen cabida comportamientos contrarios a dicha integridad, como pueden ser:
- Cualquier forma de corrupción pública o privada: en Abacus no se acepta que ninguna persona socia de trabajo o trabajadora influya u ofrezca ningún tipo de compensación a funcionarios ni autoridades públicas, ni a directivos u otros miembros de entidades privadas para obtener algún tipo de ventaja en la contratación de nuestros productos y servicios. No se permite realizar aportaciones directa o indirectamente a partidos políticos en nombre de la cooperativa.
- El incumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social: la cooperativa cumple estrictamente con la normativa fiscal y la Seguridad Social, contando con asesoramiento de expertos externos en la aplicación de una política fiscal conservadora.
RESPONSABILIDADES EN MATERIA DE CUMPLIMIENTO
Los riesgos de cumplimiento se encuentran en la actividad que desarrollan todos y cada uno de los miembros de la cooperativa, por tanto, cada persona socia de trabajo o trabajadora debe ser consciente de cuáles son sus obligaciones en materia de cumplimiento.
Cabe recordar que la forma en que actuamos en el desarrollo de nuestra actividad puede afectar a la imagen de la cooperativa, y que, por tanto, la prevención y detección de prácticas de riesgo es una obligación de todos. Por ello, todas las personas socias de trabajo y trabajadoras declaran conocer y aceptar el código ético, comprometiéndose a su cumplimiento en el desarrollo de su actividad.
Es obligación de todos poner en conocimiento del área de Cumplimiento aquellas conductas inapropiadas que conozcamos o sospechemos que se llevan a cabo, siendo ésta la única forma de proteger a la cooperativa de potenciales riesgos legales.
Las responsabilidades de Cumplimiento se basan en la prevención, detección y reacción frente a conductas que infrinjan las normas o estándares éticos de la cooperativa y residan en todos y cada uno de los puestos de trabajo que ocupamos en la cooperativa, aunque de forma diferente atendiendo al cargo y funciones que se desarrollen.
La dirección tiene las siguientes obligaciones:
- Colaborar activamente con el área de Cumplimiento en la detección y evaluación de riesgos de cumplimiento.
- Sugerir medidas preventivas o correctivas de riesgos de cumplimiento relacionados con su área.
- Procurar que su equipo conozca cuáles son sus obligaciones de cumplimiento y las cumpla.
- Dar ejemplo al equipo no sólo adecuando su conducta a las políticas, sino promoviendo la participación en las iniciativas de cumplimiento.
- Atender y gestionar conjuntamente con la persona responsable de cumplimiento las consultas o dudas de cumplimiento que planteen las personas socias y empleadas.
El resto de personas socias de trabajo y trabajadoras tienen las siguientes obligaciones:
- Comprometerse formalmente al cumplimiento de las políticas y la promoción de los estándares éticos de la cooperativa.
- Actuar de forma alineada a los valores y compromisos de cumplimiento de la cooperativa, cumpliendo con las políticas que resulten de aplicación a la labor que realizan dentro de la cooperativa.
- Comunicar rápidamente a su superior, en el área de Cumplimiento oa través del canal ético, el conocimiento o sospecha de que se están llevando a cabo conductas inapropiadas en el seno de la cooperativa.
- Participar activamente en las acciones que promueva la cooperativa para reducir riesgos de incumplimiento.
- Atender a la formación en temas de cumplimiento que establezca la cooperativa.
CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
Hay que tomar conciencia de que actuar ignorando los valores de la cooperativa y al margen de las pautas de conducta del código puede acarrear daños graves a terceros ya la propia cooperativa, no sólo económicos sino también reputacionales, lo que se traduce en un perjuicio para todas y cada una de las personas que formamos parte.
Por eso la cooperativa sancionará a aquellas personas que actúen en contra de los valores y pautas de conducta de este código ético, aplicando el criterio de tolerancia cero ante los incumplimientos.
¿CÓMO DEBEMOS TOMAR LAS DECISIONES?
En caso de encontrarnos ante situaciones que presenten dudas en materia de cumplimiento, es necesario tomar las decisiones siguiendo los siguientes criterios:
- ¿La conducta va en contra de los valores y compromisos del cumplimiento de la cooperativa?
- ¿La conducta puede suponer un incumplimiento del Código ético o de las políticas de la cooperativa?
- ¿La conducta puede suponer un incumplimiento de la legislación?
- ¿La conducta puede perjudicar la reputación de la cooperativa?
- ¿La conducta puede perjudicar a un tercero?
- ¿Tendría dificultades para defender la conducta ante un superior?
Si contestamos "SÍ" a alguna de estas preguntas debemos pedir ayuda o asesoramiento.
ASESORAMIENTO EN MATERIA DE CUMPLIMIENTO
La cooperativa pone a disposición de todos sus miembros las herramientas necesarias para afrontar las situaciones en que se planteen dudas de incumplimiento del Código ético, de las políticas internas o de la legislación, instando a que, una vez realizado el juicio personal previo que se expone en el apartado anterior, la situación se ponga en conocimiento de los siguientes responsables:
- DIRECTORES DE ÁREA y otros líderes seniors de la cooperativa.
- ÁREA DE CUMPLIMIENTO por todo tipo de cuestiones relacionadas con el Código ético, las políticas de la cooperativa y el Sistema de Gestión de la calidad en toda la cadena de valor.
- ÁREA DE PERSONAS por aquellas cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos laborales, obligaciones con la Seguridad Social, condiciones laborales, etc.
- DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN por aquellas cuestiones relacionadas con la legislación aplicable.
CANAL ÉTICO
La cooperativa pone a disposición de todos los socios y socias de consumo y de las personas socias de trabajo y trabajadoras un canal de comunicación con la misma, a través del cual éstos pueden informar de aquellas conductas inapropiadas que conozcan o sospechen que se llevan a término en el seno de la cooperativa.
Las comunicaciones tendrán que dirigirse a la siguiente cuenta de correo electrónico: canaletic@abacus.coop
Las personas socias de consumo y las personas socias de trabajo y trabajadoras tendrá que identificarse en la comunicación, por tanto, quien gestiona el Canal ético aplica las medidas de seguridad necesarias para asegurar la confidencialidad del denunciante, comprometiéndose a no divulgar su identidad a terceros durante el proceso de investigación, en especial, al denunciado y superiores jerárquicos del denunciante, salvo en los casos legalmente previstos.
La cooperativa tomará las medidas necesarias para asegurar que los socios y socias de consumo y las personas socias de trabajo y trabajadoras que comuniquen la comisión o posible comisión de una práctica inapropiada, no sufran ningún tipo de represalia a consecuencia de dicha comunicación. En caso de que existiera represalia, ésta podrá considerarse como una falta muy grave de acuerdo con el régimen disciplinario de la cooperativa.
Este Código ético ha sido aprobado por el Consejo Rector el día 15 de Marzo del año 2018